Un usuario de Facebook se enfrenta a una multa de hasta 30.000 euros por colgar un vídeo de un policía

La Policía de Santiago de Compostela ha redactado una propuesta de sanción en aplicación de la Ley Mordaza

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El pasado noviembre, un usuario de Facebook colgó el vídeo de una escena grabada desde el interior de un coche en Santiago de Compostela, en la que supuestamente se escucha a una persona burlándose de un policía que intentaba perseguir a un hombre, al cual no consiguía atrapar. Esa publicación en Facebook tuvo bastante éxito, según La Voz de Galicia: se compartió más de 300 veces y superó las 17.000 reproducciones. La Policía ha presentado una propuesta de sanción para quien difundió el vídeo, cuya identidad no ha trascendido, al amparo de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida también como Ley Mordaza. Las multas a las que se enfrenta pueden llegar hasta los 30.000 euros.

Algunas informaciones -entre ellas el citado artículo- apuntaron a que se pretendía multar a todo aquel que pulsó me gusta en el vídeo. Un portavoz de la Policía Nacional en Santiago de Compostela asegura a Verne que esto es "rotundamente falso". "El funcionario que realiza esa propuesta de sanción lo hace a la persona que en primera instancia difunde ese vídeo, no a los que luego supuestamente hacen me gusta o reenvían o lo que sea. A esa persona se les considera, por así decirlo, la génesis de ese vídeo", insiste el portavoz.

El acta hace referencia a dos artículos, explica la Policía. El primero de ellos tiene que ver con las "mofas, burlas y menosprecio al agente, que representa a una institución, el cuerpo de Policía Nacional", según su versión. Según el artículo 37.4 de la Ley, se consideran infracciones leves -penadas con entre 100 y 600 euros- "las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad".

En el vídeo, según La Voz de Galicia y al que Verne no ha tenido acceso, se cuestionaba su forma física para el ejercicio de sus funciones. La Policía explica que a quien se perseguía era a una persona huída de un centro hospitalario, con un trastorno mental. "Se intentaba cogerle, pero hay veces en que puedes provocar un mal mayor si la persecución termina con un accidente de tráfico", dicen, justificando que no le atrapara.

Entre 601 y 30.000 euros por grabar a un agente en funciones

El otro punto en que se basa la propuesta de sanción es el 36.23, según el cual está prohibido "el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes". Esto está considerado falta grave y puede estar sancionado con entre 601 y 30.000 euros. "La graduación de la sanción no es competencia del cuerpo de Policía", dicen las mismas fuentes policiales.

El portavoz policial insiste en que por ahora no hay sanción, sino una propuesta sobre la que deberá decidir la Subdelegación del Gobierno en Coruña. Esta institución, consultada por Verne, indica que aún no ha recibido copia del acta policial. "Cuando se reciba se estudiará para ver si va para adelante y se abre expediente o si queda archivada", indica una portavoz de la Subdelegación, que confirma que no tienen precendentes de ningún caso similar.

Juan Moreno, abogado especializado en libertad de expresión, advierte en declaraciones a Verne sobre el hecho de  que este tipo de sanciones parta de la Administración. "Hay que tomarlas con mucha prevención, porque tienen tendencia a apoyar el texto legal que ellos propusieron", indica.

Hasta ahora solo ha dado su opinión el vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda (PP), que ha declarado que "lo que se está haciendo es aplicar una ley". Con la información inicial, que apuntaba a una denuncia masiva, reconoció que "puede haber opiniones para todos los gustos" cuando le preguntaron si no suponía un gasto excesivo de fondos públicos, como recoge Galicia Express.

Moreno recuerda que el denunciado puede hacer alegaciones, presentar pruebas y, en caso de sanción, puede elevar el caso a los juzgados de lo contencioso administrativo. "Son los tribunales los que lo valorarán y su decisión también podría ser recurrida de amparo al tribunal Constitucional", explica.

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