112.000 personas han solicitado que sus nombres sean retirados del censo que los partidos utilizan para los envíos de propaganda electoral, según ha adelantado Europa Press y confirman fuentes del Instituto Nacional de Estadística a Verne. El proceso para no recibir la propaganda postal se completa a través de la web del INE, como explicamos en este artículo.
Completar este trámite es posible gracias a una modificación en la Ley Electoral, aprobada en diciembre de 2018. "Serán atendidas las solicitudes de los electores que se opongan a su inclusión en las copias del censo electoral que se faciliten a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral", explica el artículo 39 de la Ley Electoral. Las elecciones generales del 10 de noviembre serán las cuartas en cuatro años.
El INE asegura que ha recibido las 112.000 peticiones entre el 5 de marzo, cuando se puso en marcha el servicio, y el 15 de septiembre, dos días antes de que el Rey decidiese no nombrar un nuevo candidato a la investidura. Este jueves 19 de septiembre, la página del INE con la que se completa el proceso ha estado fuera de servicio.
El reglamento establece que se puede solicitar la exclusión hasta el decimotercer día posterior a la publicación de la convocatoria electoral en el BOE. Si no hay un acuerdo de última hora, el decreto de convocatoria de las elecciones se publicaría el 24 de septiembre. 13 días después, el 7 de octubre, estaríamos ante el límite para pedir la baja en las listas censales de los partidos. Si tramitas la baja en el censo, servirá para las próximas generales (sean cuando sean).
En este artículo te explicamos cómo darte de baja en la web del INE paso a paso. Es una gestión muy rápida, pero necesitas tener el certificado electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN. A continuación te detallamos cómo acceder a estos recursos online.
Cómo conseguir el certificado electrónico o tu Cl@ave PIN
Estos dos recursos sirven para realizar todo tipo de trámites online relacionados con la administración pública, como la presentación de impuestos o para conseguir tu informe de vida laboral, además de darte de baja del censo que usan los partidos para enviar propaganda.
1. Certificado electrónico: Para conseguir el certificado electrónico debes entrar en la web de la Real Casa de la Moneda. Tras realizar la solicitud, para la que tienes que aportar tu DNI, tu primer apellido y tu correo electrónico, recibirás un email con un código. Tendrás que presentarlo de forma presencial en la Oficina de Registro que indique el correo electrónico. Entonces podrás descargar el certificado e instalarlo en tu ordenador. La Agencia Tributaria también explica el proceso en esta página.
2. Cl@ve PIN: Para operar con Cl@ve PIN, primero hay que registrarte. Se puede hacer por internet con un código que recibirás por carta solicitándolo aquí o con tu certificado electrónico o DNI electrónico. También se puede hacer de forma presencial en cualquier Oficina de Registro. En este enlace puedes comprobar cuál es la más cercana a tu casa.
Una vez registrado, lo más cómodo es operar con la app Cl@ve PIN, disponible para Android e iOS. Tras introducir tu DNI, solo tienes que solicitar un código y un pin que aparecerán en tu app. Al escribir esas claves, puedes empezar el trámite.