¿Quién paga la cuenta cuando alguien hace un 'simpa'?

Algunos negocios pagan el denominado "quebranto de moneda" de donde se descuentan los descuadres de caja

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Penny y Sheldon en un momento de la serie 'The Big Bang Theory'.
Penny y Sheldon en un momento de la serie 'The Big Bang Theory'..

Muchas veces es una travesura adolescente; otras, un error olvidadizo y alguna vez, una estrategia organizada, como la del bautizo de León con más de 100 invitados. Levantarse de la mesa en un bar e irse sin pagar la consumición, “hacerse un simpa", es parte del vocabulario común. Pero, ¿quién carga con la cuenta que se queda sin pagar? Esta semana, el mensaje de un usuario de Twitter se quejaba de que una compañera de trabajo había tenido que pagar de su bolsillo “una cuenta de más de 50 euros” que alguien había dejado sin pagar. El tuit, publicado el 15 de octubre (y actualmente borrado), superó los 5.000 retuits en menos de 24 horas, e inició una cadena de respuesta en la que otros trabajadores de la hostelería denunciaban que habían vivido situaciones similares en sus puestos de trabajo en distintas empresas.

La repercusión del mensaje ha hecho que el Grupo VIPS (que también incluye Ginos, Starbucks, Friday’s y Wagamama) dé una respuesta ante la acusación e inicie una investigación. A través de su cuenta de Twitter, la compañía aseguró dos días después del tuit original que “ante situaciones de impago eventual por parte de un cliente, la política de la empresa es asumirlo”. Además, explicaron que tienen un protocolo por el cual los trabajadores cuentan en caja con un botón de “impago cliente” que cierra la factura de la mesa.

Además, al ser preguntado por este periódico, VIPS explicó por correo electrónico que “por el caso reportado, la empresa ha abierto una investigación interna para evaluar si ha habido un posible incumplimiento de este protocolo. Tomaremos las medidas oportunas si se confirma la veracidad de esta supuesta mala práctica en uno de nuestros establecimientos”. Desde Verne, también nos hemos puesto en contacto con el autor del tuit, que ha sido borrado tres días después, sin recibir ninguna respuesta al respecto.

Existen multitud de puestos de trabajo de cara al público en los que se puede dar la situación de que los clientes se vayan sin pagar. Como puede verse en las cientos de respuestas al tuit, hay usuarios que aseguran haber vivido algo similar repartiendo paquetes o cobrando entradas de cine.

¿Es legal pedir al trabajador que abone la cuenta?

Las empresas tienen prohibido reducir el sueldo de un empleado como forma de castigo, según recoge el artículo 58.3 del Estatuto de los Trabajadores. “La empresa no tiene derecho a exigir a un trabajador que abone la cuenta en caso de simpa", cuenta por teléfono el abogado laboralista Juan Antonio Salmerón. Por este motivo, si existe una sanción económica de este tipo, tal y como explica Salmerón, esta puede “ser impugnada por el trabajador en el plazo de veinte días hábiles”.

Sin embargo, en casos de negligencia grave por parte del trabajador la empresa sí que podría exigirle que responda por los perjuicios. Así lo explica el abogado laboralista de UGT Bernardo García: “Hay supuestos casi delictivos, como por ejemplo que yo le diga conscientemente a alguien que vaya a mi empleo, que no le voy a cobrar. Eso son conductas dolosas y sí podría implicar una responsabilidad”. Aun en estas situaciones, los empleadores nunca tendrán derecho a reclamar el dinero en mano, sino que tendría que llevar el caso por la vía judicial.

Un plus en la nómina para compensar simpas o descuadres

Muchas empresas en las que los trabajadores trabajan de cara al público y tienen que cobrar a los clientes cuentan con el llamado “quebranto de moneda”. Según explica Salmerón, se trata de “un plus que reciben los empleados en nómina para compensar los descuadres que se puedan producir en caja. Eso sí, siempre y cuando lo recoja su convenio colectivo, ya que la ley no lo prevé”. Bernardo García añade: “Este plus permite facilitar estas tareas de cobro. Pero siempre hasta el límite de la cantidad del quebranto establecido. Si hay cantidades mayores el trabajador no tiene que responder más allá”.

Un antiguo encargado de una cadena de pizzerías que prefiere no dar su nombre lo explica así: “El dinero de quebranto que recibíamos variaba en función de nuestras tareas. Los cajeros, repartidores y encargados cobrábamos cada uno un plus diferente dependiendo de la responsabilidad que teníamos. Por ejemplo, los auxiliares no recibían este quebranto porque entre sus tareas no estaba tocar la caja”. En la imagen de abajo, se puede observar una nómina de este trabajador que ejemplifica cómo aparece este concepto en la nómina.

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