¿Pueden los artesanos mexicanos proteger legalmente su obra?

Tras una demanda penal contra Nestlé por presunto plagio, tres especialistas sugieren cómo proteger las obras de artesanos

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La identidad de México se encuentra en sus paisajes, sus platillos y también en sus artesanías. Los tenangos, dibujos multicolores que reflejan la visión de los indígenas de la región Otomí Tepehua (Hidalgo). Estos se plasman en textiles mediante una técnica de bordado, son uno de los íconos de la población de Tenango de Doria. La venta de estos textiles en vestidos, camisas y manteles es el método de subsistencia de cientos de indígenas de esta población.

Por su atractivo visual, varias marcas  han tomado estos motivos para decorar sus productos, pero no necesariamente con el permiso de sus autores. Tal parece ser el caso de la marca de chocolate Abuelita, perteneciente al corporativo suizo Nestlé, que en 2015 hizo uso de estos dibujos en tazas, latas de chocolate y otros artículos promocionales. Este hecho provocó que dos artesanos hidalguenses interpusieran una demanda penal en contra de la empresa por daños y perjuicios provocados por el presunto plagio.

Carlos Martínez Negrete, investigador de la cultura hidalguense y en particular, de los tenangos, dice a Verne que los dibujos usados por Nestlé ya contaban con un registro ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor junto con más de 10.000 piezas de creación única realizada por quince dibujantes. “En los tenangos hay una interpretación del artista, a partir de un arte que se desarrolla en una comunidad aunque se le atribuye solo a una comunidad. Es una lucha muy fuerte, pero no por eso no la vamos a pelear, porque sienta un precedente a nivel mundial”, dice el asesor de los artesanos vía telefónica.

Los especialistas en propiedad intelectual consultados por Verne indican que cualquier grupo o pueblo indígena puede realizar el registro de sus artesanías, incluso aunque se trate de una técnica milenaria para proteger legalmente sus creaciones o evitar que se comercie injustamente con ellos.

Carlos Hernández León, académico de estudios jurídicos y sociales del Tecnológico de Monterrey, dice a Verne que el desconocimiento del proceso de registro es el principal obstáculo para que se reconozca el trabajo de estos grupos. “No es caro y aunque la protección por sí misma no requiere registro, el hecho de presentar la petición da seguridad de la fecha, tiempo, modo y lugar, con ello se tiene la certeza de cuándo se creó y quien es el propietario de la obra, sea una persona o colectivo”, dice vía telefónica.

Más de 10.000 dibujos han sido registrados ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor. Foto cortesía Carlos Arturo Martínez Negrete.

José Dolores González, el abogado que presentó la demanda de los artesanos hidalguenses ante la PGR, indica a Verne que uno de los argumentos que más ha escuchado por parte de las empresas es que las técnicas tradicionales no pueden registrarse porque son milenarias y transmitidas de generación en generación. “Todos los artesanos que producen obra plástica y dibujos no registran su obra porque los ellos han aceptado una especie de rol secundario y de discriminación respecto de los artistas convencionales", dice en entrevista telefónica. "Ellos que califican qué es y qué no es arte, pero su trabajo debe ser respetado”.

Lo que buscan los artesanos es proteger la obra para el uso de una comunidad y no solo de una persona, como usualmente funciona en otros casos de propiedad intelectual o de creación artística. Solo los artesanos de Tenango de Doria pueden comercializar estos diseños u otorgar los permisos a un tercero.

Para Martínez Negrete, además del perjuicio económico a esta comunidad, se trata de un tema de apropiación cultural por parte de una empresa con fines comerciales que atenta contra los derechos de una cultura, por lo que interpondrá también, a título personal, una demanda civil en materia de derechos humanos. “Es una apropiación indebida de una identidad cultural nacional”, precisa. “Tanto con registro como con denominaciones de origen se debe proteger los productos originales de una nación”.

En caso de que la demanda sea favorable a los indígenas, la compensación podría ser millonaria. De acuerdo con el artículo 216 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, la indemnización por daños y perjuicios no podrá ser menor del 40% de los ingresos por la venta de productos derivados del plagio.

“Ellos hablan de una negociación en la que Nestlé se ofrece a difundir la obra en todos sus chocolates para que los artistas se hagan famosos, pero los artesanos dicen no tienen que ser famosos, sino que se haya respeto a su obra y su trabajo”, dice el abogado González.

El caso de Nestlé no es el primero en que una marca es acusada de plagiar los tenangos. Recientemente, una usuaria publicó en Facebook el caso de una prenda de la transnacional española Mango, quien vende una prenda con diseño tenango en alrededor de 1.600 pesos (70 euros y 83 dólares).

Hasta el momento, Mango y Nestlé no han respondido a las peticiones de información de Verne, pero en el caso de Nestlé, una representante de la marca dijo al diario mexicano El Universal que fue una agencia publicitaria la encargada de la creación de la campaña publicitaria de las tazas.

Los especialistas coinciden que las autoridades mexicanas deben promover que haya denominaciones de origen y protección por parte del Instituto de Derechos de Autor y el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial para que este tipo de apropiaciones no se hagan sin que haya una remuneración a las comunidades y respeto a los creadores.

Foto: Cortesía Carlos Arturo Martínez Negrete.
Foto: Cortesía Carlos Arturo Martínez Negrete.
El 8'% de las habitantes de Tenango de Doria (Hidalgo) son mujeres. La mayor parte de los hombres emigraron a Estados Unidos. Foto: Cortesía Carlos Arturo Martínez Negrete.

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