Por qué hay alcaldes que no cobran y otros que ganan más que el presidente del Gobierno

El Gobierno central fija un límite en función de la población, pero cada pleno municipal decide por debajo de esa cifra

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El alcalde de Vigo, Abel Caballero, cobra 74.000 euros, el sueldo más elevado en los Ayuntamientos gallegos
El alcalde de Vigo, Abel Caballero, cobra 74.000 euros, el sueldo más elevado en los Ayuntamientos gallegos. EL PAÍS

Xàtiva y Xirivella son dos municipios de la provincia de Valencia. Tienen casi la misma población: unas 29.000 personas. Pero sus alcaldes no cobran lo mismo: el alcalde de Xàtiva cobra 49.548,81 euros al año y el de Xirivella, 41.169,85 euros.

Hay mucha disparidad entre lo que ganan los alcaldes de los 8.131 ayuntamientos de España. Ayuntamientos que este sábado 15 de junio estrenan las corporaciones elegidas en las elecciones del 26 de mayo. Durante la última legislatura, miles de ellos no han cobrado nada y al menos seis han recibido mayores honorarios que el presidente del Gobierno en esta legislatura, que cobra 82.000 euros anuales. Entre esos alcaldes que cobran más están los regidores de Madrid, Bilbao o Valencia.

¿Cómo se regula lo que cobra un alcalde?

No hay una norma que especifique exactamente cuánto debe cobrar cada alcalde, pero sí hay una ley que impone un salario máximo. La Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, aprobada por el PP en 2013, relaciona la retribución máxima posible con la población del municipio. Desde entonces, los alcaldes de ciudades de más de 500.000 habitantes pueden cobrar, como mucho, lo mismo que un secretario de Estado. Cuanta menos población, menor es ese salario máximo. A 1 de julio de 2019, esta es la tabla de sueldos máximos.

Los alcaldes de municipios de menos de 1.000 habitantes no tienen derecho a tener dedicación exclusiva. Esto significa que no cobran nada o, si tienen dedicación parcial, un sueldo por debajo de los límites de la tabla anterior. "Excepcionalmente -los alcaldes de municipios de menos de 1.000 habitantes-, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado", dice la Ley del 2013.

Por debajo de 1.000 habitantes, no hay una cantidad de población que haga de frontera entre los alcaldes que sí cobran y los que no. Depende de cada municipio y de los acuerdos del pleno. En caso de que cobren, siempre será en regimen parcial con cifras como estas.

Ni la Federación Española de Municipios y Provincias ni el Ministerio de Política Territorial cuentan con una lista exacta de los ayuntamientos españoles en los que el alcalde no percibe retribución.

Lo más parecido es una lista de ayuntamientos que informaron a este Ministerio de que sus alcaldes no cobraron nada en 2017. Puede que sean más, ya que algunos podrían no haber avisado, pero la lista está compuesta por 2.571 municipios, un 31,61% de los 8.131 ayuntamientos que hay en España.

Juan Rodríguez, profesor de Ciencia Política de la Universidad de Valencia y editor de Agenda Pública, expone sus dudas si el criterio poblacional es la mejor forma de categorizar los sueldos de un municipio: "El tema de las retribuciones es difícil. El sueldo de un alcalde también podría depender del nivel de competencias, del nivel de saneamientos de las arcas municipales, del presupuestos o del nivel de calidad democrática de ese municipio". Antes de 2013, los ayuntamientos cuyos cargos tuvieran derecho a dedicación exclusiva no tenían límite salarial.

Además, los alcaldes pueden percibir cantidades por otros conceptos. Pueden corresponderles complementos por su función en la administración pública antes de ser alcaldes, como pasa con los ministros. De la misma forma, es muy habitual que los alcaldes tengan cargos en las diputaciones provinciales: los cargos de estas administraciones son concejales de los ayuntamientos de la provincia.

La excepción: País Vasco

En el País Vasco, estas normas funcionan de otra forma. Los sueldos máximos de alcaldes y concejales de las provincias vascas están regulados por las normas de la Asociación de Municipios Vascos-Eudel. En vez de con las retribuciones de un secretario de Estado, los sueldos de los alcaldes se regulan comparándolos con los de los altos cargos del Gobierno Vasco.

En el escalafón más alto, los alcaldes de las tres capitales vascas pueden cobrar más de 90.000 euros, como explica El Diario Vasco en este artículo. En general, los límites son mayores que los aplicados en el resto de España: en Euskadi, los alcaldes de municipios de 20.000 a 50.000 habitantes no pueden cobrar más de unos 73.000 euros y, a nivel nacional, este límite está en 58.000.

¿Quién decide el sueldo del alcalde?

Todo depende de la decisión del pleno municipal, que es a un municipio lo que el Congreso es a todo el país. Los concejales deciden el sueldo de toda la corporación municipal, desde el alcalde hasta el último edil.

Toda la normativa que hemos explicado hasta ahora no se refiere tan solo a los alcaldes. En todo momento, la ley habla de "cargos electos". Esto quiere decir que esos límites salariales también se aplican al resto de concejales de cada ayuntamiento. Lo más habitual es que el alcalde sea el que más cobre, pero, con la ley en la mano, algunos concejales podrían tener un salario superior al del alcalde.

El número de concejales con dedicación exclusiva de los ayuntamientos también está relacionado con la población del municipio. Esta tabla de la Federación Española de Municipios detalla el número de concejales en dicha situación en función del número de habitantes. El pleno municipal puede estar compuesto por más ediles, pero los que cobraran por dedicación exclusiva son los siguientes.

"Otro tema a tener en cuenta son las retribuciones por asistencia a actos derivados del cargo, como plenos o comisiones. Es una realidad muy poco conocida", añade Rodríguez. La Ley de Transparencia obliga a que tantos estos complementos como el salario base de los cargos electos sean públicos. No todos los ayuntamientos cumplen con esta obligación, en vigor desde 2013.

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