“Caranchoa” no es una injuria grave, según los jueces

El repartidor aún puede recurrir a la vía civil

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Sergio Soler, MrGranBomba, en una imagen de archivo
Sergio Soler, MrGranBomba, en una imagen de archivo.

Llamar a alguien "caranchoa" no es delito. Así lo establece el auto por el que la Audiencia de Alicante ha archivado las injurias graves por las que iba a ser juzgado Sergio Soler. Este exyoutuber conocido como MrGranbomba hizo célebre el insulto en un vídeo en el que pretendía gastar una broma a un repartidor, que le respondió con una bofetada. Según el auto, la palabra en cuestión "no tiene la gravedad suficiente para ser constitutiva de infracción penal" y apunta que se trata de "un término inexistente" en el diccionario de la Real Academia de la Lengua.

El letrado incluía en la querella otros insultos ( “amargado”, “chulito”, “desequilibrado mental” o “delincuente”) que el youtuber había proferido contra Osorio en un vídeo posterior. Sin embargo, la Audiencia se ha centrado exclusivamente en el apelativo "caranchoa" para determinar que no concurren en él los requisitos de una injuria grave. El tribunal recuerda que las injurias leves ya quedaron despenalizadas tras una reforma legal y agrega que ese insulto, incorporado ya al acervo popular, no es tan grave como para sostener la celebración de un juicio penal.

El querellante, el repartidor de paquetería urgente Ricardo Osorio, protagonista involuntario de un vídeo que se hizo viral en Internet a finales de 2016, deberá por tanto acudir a la vía civil para reclamar cualquier indemnización por la posible vulneración de su derecho al honor y a la propia imagen.

Este trabajador había sido condenado previamente por otro juez a pagar una multa de 30 euros como autor de un delito leve de lesiones por abofetear a Soler. La sentencia, confirmada meses después por la propia Audiencia de Alicante, disculpaba su reacción por considerarla un “mecanismo de defensa racional” ante una "situación de evidente stress" en la que temía estar siendo víctima de un robo. Además, reprochaba la actitud provocadora del youtuber.

Tras pagar la multa, el mensajero contraatacó y se querelló después contra Soler por insultarle, utilizar su imagen sin su consentimiento y menoscabar su honor. Su abogado, Carlos Frígola, llegó a pedir incluso la responsabilidad civil subsidiaria de la indemnización de 500.000 euros que reclamaba de Google, actual propietaria de YouTube. Según la querella, la difusión del vídeo había convertido a su cliente en un personaje público en contra de su voluntad y su imagen, sin su consentimiento, en blanco internacional de “parodias, videojuegos y productos de merchandising".

Por su parte, el youtuber acudió recientemente al programa de Antena 3 Espejo Público, donde aseguró que apenas sale de casa por temor a los insultos que recibe. El youtuber borró todos sus vídeos y cerró su cuenta de Twitter. Pocos días después vendió su canal, con unos 520.000 seguidores, a la marca de gafas de sol Hawker. El canal ha perdido unos 80.000 suscriptores desde entonces.

Frígola ha anunciado que va a solicitar la aclaración de este auto para que los hechos “no queden impunes penalmente". Cree que la resolución “deja sin pronunciamiento muchas cuestiones relevantes” de la querella y no descarta incluso pedir el amparo del Tribunal Constitucional.

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